Saturday, October 29, 2016

Análisis de la Resolución 22/07 de CPE en el marco de un estudio práctico sobre políticas educativas de Neuquén

Hoy tenemos un escritor invitado en el blog: mi colega Cornelio Manzano Burger. 
Nuestra sangre será más roja que Marx. :D

Análisis de la Resolución 22/07 de CPE en el marco de un estudio práctico sobre políticas educativas de Neuquén


Presentación 


El propósito de este trabajo es problematizar a través del dialogo que lleguen a entablar las propuestas teóricas de los autores y especialistas en Educación citados con su correlato de política educativa de la legislación utilizada como ejemplo de ejecución de planes de estudios para el Nivel Medio. El corpus de la resolución estudiada está formado por la presentación de la misma y dos anexos en que se detalla propuestas metodológicas que permitirían cumplir la LEN y lo que pretendía esta misma resolución en materia de profundización de lo expresado en la ley pero aplicado concretamente a los sujetos que se encontraran en una situación de Abandono del cursado de sus estudios como así también los que nunca fueron alfabetizados y que deberán ser incorporados a las casas de estudio.

 Primera parte


A continuación presentaré el análisis de la Resolución del Consejo Federal de Educación 22/07. El motivo que llevó a la elección de la misma es que esta presentaba parte del programa político que el Estado pretendía llevar a cabo para garantizar “la erradicación del analfabetismo”. Este programa está enmarcado en las políticas aprobadas para su cumplimiento en la Ley de Educación Nacional. Esta ley fue una de las primeras herramientas de peso para que la entonces novedosa administración kirchnerista mostrara el tipo de legislación que deseaba llevar a cabo en la instrucción inicial y media. Si pensamos a los diversos gobiernos democráticos que estuvieron en el poder desde 1976 hasta 2001 como neoliberales, podemos pensar al kirchnerismo como un movimiento de la tercera vía: se construyen a sí mismos como aquellos que buscan la convivencia amena de los sectores capitalistas y proletarios. Y también como veremos más adelante se habla de construcción de consensos, lo que podría traducirse en una nueva hegemonía siguiendo lo expresado por Lucía Wanderley Neves en su artículo “Políticas sociales contemporáneas: tesis para la discusión”.
La nueva hegemonía aquí empieza a construir una imagen no vista antes de Estado Benefactor al traer a la superficie temas abandonados por los gobiernos previos. Históricamente podemos ver a la situación del Estado educador en 2007 como uno del tipo Principalista-Subsidiario. Norma Paviglianiti que ha estudiado con detenimiento estos procesos asocia a la primer tendencia con la educación no sólo como derecho individual sino que es la garantía para el funcionamiento del sistema político (Paviglianiti 1993, 9); la segunda tendencia nace fruto de la presiones de los sectores privados y no laicos para buscar recuperar facultades perdidas o querer convertir la instrucción en un bien de mercado. Las soluciones que se ofrecen para el problema de la alfabetización en el documento son para ser implementadas en su mayor parte por el sector público, aunque es de suponer que está abierta la participación a sectores privados. El Estado se presenta como el impulsor de políticas que pretenden subsanar las heridas inflingidas a los sectores más humildes por las políticas neoliberales de las tres décadas anteriores.
La resolución busca abarcar a “jóvenes y adultos” y es de alcance nacional, sancionada con representantes de todas las provincias, aunque Neuquén no estuvo representada como se aclara pertinentemente en uno de los primeros párrafos. La normativa afectaba a la región en que estamos ubicados (Río Negro y Neuquén) y era de cumplimiento en todo el territorio argentino y para ser implementada por los diferentes distritos. Aquí podríamos hacer un paréntesis para recordar que el sistema centrado en una entidad autárquica que implementa políticas y unas delegaciones que las cumplen administrando los recursos con sus propios criterios es una construcción histórica. La Ley Federal de Educación se encargo de desarmar el vigente sistema centrado en un gobierno nacional que administraba los recursos educativos para transferirlo a los gobiernos nacionales autónomos.
Intento analizar la misma con el material crítico y teórico provisto por la cátedra de Problemas fundamentales de la Educación, Cursado 2015 Presentación de la resolución El documento cita el artículo 138 de Ley Educación Nacional N° 26206, en dicho artículo se mencionan términos largamente asociados a como se ha implementado la Educación en el Estado moderno; así resalta la inclusión de la palabra “obligatoriedad”. A su vez también se utiliza otro término de profusa repetición en este tipo de documentos “inclusión”. Puede entonces decirse que ambos conceptos léxicamente terminan asociados en el imaginario que construyen estas leyes. Se destaca en el primero párrafo de la Fundamentación de esta resolución (Anexo 1) que es la Nación la encargada de impulsar esta políticas de alfabetización y son las jurisdicciones (las provincias y los municipios autónomos) los encargados de llevarlas a cabo. Este modelo es una herencia histórica del proceso en que se produjo una descentralización del rol del Estado Nacional como principal encargado de la Educación de los habitantes. Asimismo, el documento se encarga de explicarnos que la aludida alfabetización de jóvenes y adultos, que es asimilada a una así llamada “configuración de una sociedad de ciudadanos activos” es una deuda pendiente que se tenía hasta ese momento. Esto dice el anexo, digamos que la deuda es del Estado educador desde la última interrupción de la Democracia. La legislación estudiada continúa su discernimiento de la situación educativa y su marco citando cifras del Ministerio de Trabajo en que menciona que diversas políticas asistencialistas como el plan Jefas y Jefes de Hogar han logrado, según da a entender el texto, “extender la cobertura en los niveles de Educación Básica y Secundaria”. Resulta interesante marcar que dichos planes sociales fueron eliminados en la mayor parte del país y suplantados por otros como la Asignación Universal por Hijo. A estos planes también se los ha asociado con el denominado “clientelismo” político, el cual puede ser asociado con el crecimiento de partidos de corte populista. El clientelismo si bien ofrece un alivio a la persona en una situación grave de exclusión, que trae aparejada la desocupación, también genera una dependencia del individuo y de su grupo general de estructuras burocráticas que pueden utilizar al asistido con fines políticos, partidarios ; o, resumiendo, como herramienta para perpetrar un modo de cristalizar el poder por el intercambio del voto so pena de perder el beneficio de la asistencia social, o también puede darse el caso que se pida la militancia en tiempos electorales.
En la ciudad de Neuquén el partido gobernante ha sabido mantenerse en el poder gracias a este tipo de política. Esto se genera cuando el Estado Benefactor pierde su función de buscar subsanar inequidades. Es interesante remarcar que para el documento es importante también el número de personas inscriptas en “acciones de Formación Profesional”, aquí aparece claramente la visión de los poderes Ejecutivo y Legislativo de las personas que no poseen alfabetización y a los que no se les ofrece la posibilidad de terminar sus estudios en forma apropiada pero se les ofrece la posibilidad de educarse como, trabajadores u operarios con un oficio particular que, se supone, les permita acceder a algún trabajo del tipo manual u operativo. En el segundo apartado titulado “la población meta”, el documento continúa su desmembramiento de la situación inequitativa presente luego de años de políticas neoliberales, nos explica que para el año 2001, momento en que se había realizado el último censo Nacional, la población matriculada en Secundario y Primario era históricamente menor de lo que solía ser. Luego en el tercer apartado se establecen una serie de objetivos más o menos específicos que se complementan, es de suponer, con los “métodos” del apartado VI “Estrategias políticas”. Pero en ningún lado se menciona que recursos financieros o de material de estudio se entregarían a las jurisdicciones, aunque si se menciona en el apartado siete a que la articulación debe darse por medio de “los convenios bilaterales previstos en la implementación de la Ley de Financiamiento Educativo”. El documento en su apartado II echa luz sobre diversos temas de interés. Vemos como todavía aparece la figura de los organismos internacionales o de crédito que aparecen asociadas al Estado Nacional, como figuras que mediante el endeudamiento externo piden a cambio la implementación de diversas políticas educativas. De este modo los países endeudados se convierten en campo de experimento para variadas clases de planes educativos diseñados en los países que han prestado los fondos a las naciones endeudadas. La relación entre el país que adquiere la deuda y aquella entidad a la que rendir cuentas aparece bajo la máscara de la “cooperación”. Asimismo también aparecen escasamente delineados una serie de propuestas que abarcan desde el “equipamiento de centros educativos” hasta la “capacitación a docentes y tutores” aunque para saber quién se encargaría de implantar dichas acciones habría que remitirse a algún otro estamento que no se menciona con detalle aquí. Al principio del apartado mencionado se explicitan cuatro objetivos específicos. El primero es “construir información de calidad para la toma de decisiones” lo que aparece en escena como un objetivo de difuso cumplimiento, ya que no se sabe quién construiría la información, con qué medios, etc. El segundo objetivo habla de “concertación sectorial” en las jurisdicciones, esto aparentaría ser un tema algo ajeno a la educación y más cercana al objetivo que ha perseguido el Estado desde hace un tiempo, cooptación partidaria o una especie de alianza estratégica dentro de los cuadros partidarios. Luego se mencionan los más pertinentes “parámetros curriculares para la EPJA”. Y finalmente el último objetivo que incita a “iniciar procesos de mejoramiento de la calidad educativa de la modalidad” Entre las Acciones para el año 2008 del anexo dos propone la conformación de una “Mesa Federal de educación de jóvenes y adultos”. De importancia es que se mencione que una de las maneras de llevar a cabo la alfabetización es a través de la continuidad del Programa Encuentro. Pero nos resulta más pertinente ver cómo se pretende lograr que más personas terminen el secundario, en este punto el documento habla de convocatoria y orientación.

Conclusiones


 En esta resolución puede notarse cómo el gobierno nacional por medio del Consejo Federal de Educación implementa políticas que buscan sanear la cuestión de la alfabetización y el abandono de la Escuela, aunque en el escrito no se centra en el proceso de abandono sino en observar el resultado estadístico que nos presenta a sujetos que ya han terminado apartados del sistema. También la Administración nacional de ese momento buscaba despegarse de los resultados provocados por años de políticas neoliberales en los estamentos más frágiles y populosos de la sociedad. Así vemos cómo se habla de los estragos producidos por la interrupción de la democracia en el último Proceso militar y la inadecuación de lograr niveles positivos de asistencia y finalización de estudios. Todos estos procesos son retratados como resultados de las políticas neoliberales de los treinta años anteriores previos a la redacción de este marco legal. La administración presenta datos, del INDEC, en que luego de 2003 indica que se ha logrado aumentar la matricula en los niveles primario y secundario. Se termina asimilando que ese aumento sería consecuencia de la política asistencialista de planes sociales. Por estas razones, el documento apunta a profundizar estas políticas. Se busca convocar a los agentes beneficiarios (los que abandonan la escuela); diversos métodos son mencionados con el objetivo de lograr una acción conjunta, a través de las políticas estatales y la implementación de las provincias. También es interesante la lectura de esta resolución para poder entender cómo se fue implementando la Ley de Educación Nacional, que puede ser historia pasada y el pasto sobre el que luego vinieron y vendrán más leyes y resoluciones, pero no deja de ser importante para la comprensión del panorama actual de la Educación pública. Sobre todo veo de importancia esta resolución por construir una imagen del “excluido” y por la intención manifiesta de trabajar el tema de la necesidad de llevar a cabo acciones que lleven a buen puerto la alfabetización y la escolarización. No sólo puede verse claramente como se construye la imagen del necesitado desde la perspectiva hegemónica del que brinda ayuda, como expresó Alejandro Cerletti su estudio “Igualdad y equidad en las políticas sociales y educativas”(2009), si no que se ve la necesidad estatal de configurar sujetos escolarizados con los valores que el Estado pretende implementar a través de las políticas educativas (véase Ley de Educación Nacional, artículos 52, 92, etc.). Asimismo es de capital importancia como ante la situación de exclusión provocada por políticas neoliberales que generan desocupación, el Estado configura sujetos que se forman como agentes “útiles” por su “capacidad laboral” y como se busca instalar una alternativa de inserción laboral antes que una educación adecuada y completa para el que abandona el sistema escolar.

BIBLIOGRAFIA
 CERLETTI, A. (2009) “Igualdad y equidad en las políticas sociales y educativas”. Exposición realizada en el Foro Educación y Acción Política. Bs. As.: Mimeo
NEVES. L.M.W. (2008) “Políticas sociales contemporáneas”. Revista Argentina de Educación 30. PAVIGLIANITI. N. (1993) El derecho a la educación: una construcción histórica polémica. Buenos Aires, Publicaciones de FUBA.

 LEGISLACION.
 LEY DE EDUCACION NACIONAL N°26206. Versión online. Resolución 22-07 y sus dos anexos. Versión online.

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